30 años de la CAACI: Beatriz Navas, directora Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (España)
LatAm cinema presenta una serie de entrevistas realizadas para el suplemento especial “30 años de la CAACI: una instantánea colectiva” en las que las autoridades cinematográficas iberoamericanas analizan las políticas públicas de sus respectivos países en materia de circulación del cine nacional, paridad de género y representación/autorepresentación de los pueblos indígenas.
¿Qué medidas se están implementando (o diseñando para implementar) para paliar los efectos de la pandemia de covid-19 en producción y exhibición de cine?
Para hacer frente al impacto de la crisis originada por la Covid-19 se han adoptado medidas de carácter general (para todos los sectores de actividad) así como medidas específicas para el sector cultural (en el que se incluye el sector cinematográfico y audiovisual). En primer lugar, las medidas generales adoptadas se pueden sintetizar en:
- Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE): procedimiento que han de realizar las empresas cuando han suspendido temporalmente la totalidad de su actividad, con la consiguiente suspensión de los contratos de trabajo o la reducción temporal de la jornada laboral de las personas trabajadoras. En relación con la COVID-19, las causas que pueden justificar un ERTE son de fuerza mayor temporal (cuando las pérdidas de actividad son consecuencia de la COVID-19) o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Prestación extraordinaria por cese de actividad para paliar los efectos derivados de la COVID-19 dirigida a trabajadores por cuenta propia. Esta medida incorpora especificaciones para trabajadores vinculadas a la producción, postproducción y exhibición cinematográfica, los cuales podrán justificar la caída de su facturación atendiendo a la media anual (y no al semestre anterior, como rige la medida general)
-Moratorias de diferentes obligaciones tanto para las empresas como para trabajadores autónomos.
En cuanto a las medidas específicas adoptadas para hacer frente a la crisis de la covid-19 en el sector cinematográfico y audiovisual, podemos destacar la aprobación del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de carácter tributario y de apoyo al sector cultural. Entre ellas, se incluyen:
-Se ha articulado una subvención a favor de Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR por un importe total de 20 millones de euros para el impulso de la financiación del sector cultural. Debido al efecto multiplicador del aval, CREA SGR promoverá, en colaboración con las entidades financieras que deseen participar, avales para que las PYMEs del sector cultural puedan acceder a líneas de financiación bancaria por un importe total de 780 millones de euros €.
-Acceso extraordinario a la prestación por desempleo de artistas del cine y del audiovisual que, como consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, se encuentren en periodo de inactividad en el Régimen General como artistas en espectáculos públicos
-Flexibilización del cumplimiento de determinadas obligaciones que deban cumplirse en 2020 en el sistema de ayudas a la cinematografía (inicio de rodaje, calificación de películas, certificado de nacionalidad, estreno comercial, reconocimiento del coste)
- Posibilidad de estreno comercial de una película a través de determinados servicios de comunicación o de catálogos de programas hasta el 31 de enero de 2021.
-Concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para gastos incidentales generados como consecuencia de la pandemia, campañas de reapertura, acciones para programar campañas escolares, espacios publicitarios para promoción de cine español en salas. La cuantía máxima de la ayuda (entre 8 mil y 26 mil euros) será progresiva en función del número de pantallas de la sala.
-Se modifica el artículo 36 de la Ley del Impuesto de Sociedades, de manera que se aumentan en un 5% las deducciones por inversión en producciones españolas de largo, corto y serie. También se aumenta el límite máximo de la deducción (de 3 a 10 millones de euros), con especificidades en función del tipo de producción. Asimismo, se incrementa el porcentaje de deducción de la que podrán beneficiarse las empresas productoras (inscritas en el Registro del ICAA) que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera.
¿Están desarrollando algún programa para revertir la situación y generar más espacios de conexión entre público y cine nacional?
La situación actual en la que los estrenos estadounidenses que dominan el mercado se han pospuesto por realizarse en función de estrategias globales, abre la oportunidad de poner en valor la producción nacional, iberoamericana y europea. Son estas producciones las que están asumiendo el riesgo de estrenar en condiciones no favorables. Hay que estimular al espectador para que se reencuentre con el cine que le es más cercano y adquiera nuevos hábitos de relacionarse con él. Para ello, las iniciativas de promoción son esenciales.
Sobre el espacio digital (plataformas) ¿Han implementado o están desarrollando la implementación de alguna medida de protección y/o fomento del cine nacional?
Precisamente estamos inmersos en la trasposición de la directiva europea audiovisual que incluye la obligación para los servicios de comunicación audiovisual a petición (plataformas) de financiar anticipadamente obra audiovisual europea en base a un porcentaje de sus ingresos, así como la obligación de reservar un porcentaje del catálogo también para obra audiovisual europea.
Hay datos oficiales sobre la participación de las mujeres en los puestos de dirección/creación de la filmografía y audiovisual nacional?
Respecto a la presencia femenina en el sector cinematográfico y audiovisual se cuentan con los datos del Informe elaborado en 2018 por la Asociación de Mujeres Cineastas y de Medios Audiovisuales – CIMA.
La situación actual en la que los estrenos estadounidenses que dominan el mercado se han pospuesto por realizarse en función de estrategias globales, abre la oportunidad de poner en valor la producción nacional, iberoamericana y europea.
¿Alguna medida implementada o prevista para reducir la brecha de género?
Desde el ICAA se han impulsado diversas medidas para incentivar una mayor presencia femenina en el sector. En las nuevas bases reguladoras de las diferentes líneas de ayudas, aprobadas mediante la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, se incorporan varias medidas con impacto en materia de igualdad de oportunidades.
Estas medidas comenzaron con la inclusión en las bases reguladoras establecidas mediante la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, de criterios de valoración que evaluaban la participación de la mujer en la dirección y guion del proyecto. En las bases reguladoras de la Orden ECD/2796/2015, de 28 de diciembre, se extendió esta posibilidad de obtener puntuación a otras categorías laborales, aunque siempre con la posibilidad de que se diera una coparticipación femenina y masculina en el desempeño de las distintas tareas evaluables. Finalmente, en esta norma se da un paso más, con la exigencia de que la participación sea exclusivamente femenina para poder acceder a esa puntuación extra, con determinadas excepciones.
Además, se eleva la puntuación total a otorgar por la valoración del apartado de igualdad de género en las ayudas selectivas para la producción de largometrajes de proyecto y en las ayudas a la producción de cortometrajes.
Asimismo, se realizan reservas de crédito (del 35%) en las distintas líneas para proyectos realizados por directoras y, finalmente, se efectúa una revisión general del texto para adoptar un lenguaje no sexista como medida de profunda incidencia en el desarrollo de la igualdad y de la inclusión.
Por último, se establece un claro avance en cuanto a la intensidad de las medidas para el fomento de la igualdad de género, que opera de manera transversal y afecta a todas las líneas de ayudas. Así, el artículo 36 de la Ley Impuesto de Sociedades establece que el importe de la deducción que en el mismo se recoge, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas, no podrá superar, con carácter general, el 50 por ciento del coste de producción. No obstante, dicho límite se elevará hasta el 75 por ciento en el caso de producciones realizadas exclusivamente por directoras.
¿Hay registro de producciones en lenguas originarias en el territorio?
En el caso de España podemos hablar de las lenguas oficiales del Estado que no son el español. Hay ayudas por parte de las comunidades autónomas específicas para la producción, distribución y exhibición para obras audiovisuales en las lenguas que se hablan en los territorios. Actualmente no existe un registro integral de películas en lenguas oficiales que excluyan las que son en española, quizá específicas por cada lengua en las páginas de promoción de dichas comunidades autónomas, pero no existe una especificación. Sería una propuesta interesante para implementar.
¿Han implementado o están por implementar medidas para el fomento y promoción del cine en lenguas originarias?
Existen ciertas condiciones ventajosas para las películas rodadas en alguna de las lenguas oficiales que no son el español. Por ejemplo, respecto a la obligación relativa al estreno en un número de salas de exhibición, que se reduce para este tipo de películas. Por otro lado, en materia de incentivos fiscales e intensidad máxima de las ayudas públicas que pueden recibir las producciones cinematográficas en lenguas oficiales distintas al español es, el porcentaje del coste que se puede llegar a cubrir es de un 80%.
Entrevista recibida por correo electrónico el 9 de septiembre del 2020.